El
25 de noviembre se conmemora, más bien se recuerda, una fecha de las que nunca
debe conmemorarse, como es el día internacional contra la violencia de género,
ese día que huele a muerte, en los casos extremos, y a dolores imborrables, dado
que entre los hechos más atroces se encuentra la violencia verbal y / o física
hacia las mujeres.
Hay
pocos actos, en la vida, tan cobardes como la violencia verbal y / o física
hacia las mujeres; ni la traición que es tan brutal y cobarde llega a superar
este hecho.
Abordar
la violencia de género es complejo y amplio dado que incluye a todos los
sectores de nuestra Patria, la violencia de género no es afín a ningún sector,
aunque desde los medios de prensa más influyentes y poderosos se suele aplicar
a las clases populares, debido a su ancestral odio a los sectores populares y una
cadena de mandos patriarcal en muchos de ellos; y si a esta violencia de género
le sumamos, que en su carrera destituyente, todos sus odios disfrazados de titulares
y zócalos, están dirigidos en buena parte a nuestra compañera Presidenta
Cristina Fernández de Kirchner así podemos considerar, como un buen ejemplo,
las decenas de tapas de la revista Noticias donde se combinan el machismo, el
antiperonismo y un notable menosprecio a los lectores por el nivel de escaso
talento editorial.
Resumimos
este recordatorio con la frase que la da nombre a esta entrada “Si te pegó no
te quiso, si te pega no te quiere y nunca te querrá” y compartiendo la Ley N°
26.485 sobre violencia de género.
Movimiento
Evita La Matanza.
…
Violencia de Género
Tipos y Modalidades de Violencia
Tipos de violencia:
La ley Nº 26.485 conceptualiza distintos tipos de
violencia categorizándolas en:
Física:
La que se emplea contra el cuerpo de la mujer
produciendo dolor, daño o riesgo de producirlo y cualquier otra forma de
maltrato o agresión que afecte su integridad física.
Psicológica:
La que causa daño emocional y disminución de la
autoestima o perjudica y perturba el pleno desarrollo personal o que busca
degradar o controlar sus acciones, comportamientos, creencias y decisiones,
mediante amenaza, acoso, hostigamiento, restricción, humillación, deshonra,
descrédito, manipulación o aislamiento.
Sexual:
Cualquier acción que implique la vulneración en
todas sus formas, con o sin acceso genital, del derecho de la mujer de decidir
voluntariamente acerca de su vida sexual o reproductiva a través de amenazas,
coerción, uso de la fuerza o intimidación, incluyendo la violación dentro del
matrimonio o de otras relaciones vinculares o de parentesco, exista o no
convivencia, así como la prostitución forzada, explotación, esclavitud, acoso,
abuso sexual y trata de mujeres.
Económica y patrimonial:
La que se dirige a ocasionar un menoscabo en los
recursos económicos o patrimoniales de la mujer, a través de la perturbación de
la posesión, tenencia o propiedad de sus bienes, pérdida, sustracción,
destrucción, retención o distracción indebida de objetos, instrumentos de
trabajo, documentos personales, bienes, valores y derechos patrimoniales.
Simbólica:
La que a través de patrones estereotipados,
mensajes, valores, íconos o signos transmita y reproduzca
dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales,
naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad.
Modalidades de Violencia:
Además la ley señala que según las formas que se
manifieste en los distintos ámbitos las Modalidades son:
Violencia doméstica:
Aquella ejercida contra las mujeres por un
integrante del grupo familiar, independientemente del espacio físico donde ésta
ocurra, que dañe la dignidad, el bienestar, la integridad física, psicológica,
sexual, económica o patrimonial, la libertad, comprendiendo la libertad
reproductiva y el derecho al pleno desarrollo de las mujeres. Se entiende por
grupo familiar el originado en el parentesco sea por consanguinidad o por
afinidad, el matrimonio, las uniones de hecho y las parejas o noviazgos.
Incluye las relaciones vigentes o finalizadas, no siendo requisito la
convivencia.
Violencia institucional:
Aquella realizada por las/los funcionarias/os,
profesionales, personal y agentes pertenecientes a cualquier órgano, ente o
institución pública, que tenga como fin retardar, obstaculizar o impedir que
las mujeres tengan acceso a las políticas públicas y ejerzan los derechos
previstos en esta ley. Quedan comprendidas, además, las que se ejercen en los
partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales, deportivas y de
la sociedad civil.
Violencia laboral:
Aquella que discrimina a las mujeres en los ámbitos
de trabajo públicos o privados y que obstaculiza su acceso al empleo,
contratación, ascenso, estabilidad o permanencia en el mismo, exigiendo
requisitos sobre estado civil, maternidad, edad, apariencia física o la
realización de test de embarazo. Constituye también violencia contra las
mujeres en el ámbito laboral quebrantar el derecho de igual remuneración por
igual tarea o función. Asimismo, incluye el hostigamiento psicológico en forma
sistemática sobre una determinada trabajadora con el fin de lograr su exclusión
laboral.
Violencia contra la libertad reproductiva:
Aquella que vulnere el derecho de las mujeres a
decidir libre y responsablemente el número de embarazos o el intervalo entre
los nacimientos, de conformidad con la Ley 25.673 de Creación del Programa
Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable.
Violencia obstétrica:
Aquella que ejerce el personal de salud sobre el
cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres, expresada en un trato
deshumanizado, un abuso de medicalización y patologización de los procesos
naturales, de conformidad con la Ley 25.929.
Violencia mediática:
Aquella publicación o difusión de mensajes e
imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación, que
de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres o sus
imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la
dignidad de las mujeres, como así también la utilización de mujeres,
adolescentes y niñas en mensajes e imágenes pornográficas, legitimando la
desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la
desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres.
Fuente de información: http://bit.ly/InUH8B